SOY PcD
- P. Miguel Donahue
- 28 sept 2021
- 2 min de lectura
Actualizado: 12 nov 2021
P. Miguel Donahue

Hace dos o tres décadas se escondía a las personas con discapacidad (PcD) en los terceros patios de las casas típicas de Tarija, en un intento de mantener reservado el hecho. Los pobres del campo igualmente escondían a los suyos, sin embargo los que inmigraban a las ciudades tuvieron más dificultades con un solo cuarto al pretender ocultar a sus vecinos esta vergüenza familiar.
Con una lucha de catorce años las organizaciones de PcD lograron su reconocimiento en la Ley Nº 1678 (1995) y Decreto Supremo Reglamentario Nº 24807 (1997). Desde Tarija propusieron la Ley Nº 3022 (2005) del uso obligatorio de ácido fólico y la Ley Nº 3691 (2007) del Fondo Integral para las PcD. Salió primero el Decreto Laboral Nº 27477 que garantizaba la inamovilidad y cuotas de contratación laboral (2004) que después fue modificado y complementado con el Decreto Nº 29608 (2008). El Decreto Nº 28521 aprobó el Registro Nacional de PcD y Certificado Único de Discapacidad tramitado mediante los CODEPEDIS (2005).
El Plan Nacional de Igualdad y Equiparación de Oportunidades para PcD fue reconocido como política de estado con el Decreto Supremo Nº 28671 (2006). El financiamiento para los planes y programas estatales nacieron con el Decreto Supremo Nº 3925 que elimina el financiamiento estatal a partidos políticos a favor de un fondo Nacional de Solidaridad y Equidad de 40 millones de bolivianos a favor de las PcD (2008) y el Decreto Supremo Nº 256 que regula la utilización de estos recursos (2009).
En 2007 la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA) empezó un proceso de carnetización para todas las PcD en Bolivia, trabajo llevado por los Comités Departamentales de la PcD facultados a otorgar aquel documento (D.S. Nº 24807, Art. 5). Apoyó inicialmente dos proyectos pilotos en el Ministerio de Salud y Deportes y CODEPEDIS, Tarija. Con la donación de computadoras, impresoras y material de carnetización, capacitación y la conexión a la base de datos nacionales; los equipos de valoración empezaron a funcionar.
JICA terminó la primera fase del Programa de Registro Único Nacional de PcD entregando los mismos materiales a los ocho CODEPEDIS que faltaban. En 2009 consolidó el Programa de Registro Único Nacional de PcD - Fase II con un convenio de cooperación entre los Ministerios de Salud, Justicia, Planificación y los nueve Prefectos con la meta de llegar hasta 2011 registrando a 283.000 PcD.
El impacto de la combinación de la calificación de las PcD y los decretos laborales ha ido creciendo con el tiempo. Con el cambio del gobernador varios funcionarios públicos están buscando la protección de inamovilidad legislada en el Decreto Supremo Nº 29608. El amparo se aplica a PcD que “presten servicios en los sectores públicos y privados” y a los padres y tutores que tengan bajo su dependencia a PcD menores de edad (Art. 5). Hasta tal punto en el Servicio Departamental de Caminos (SEDECA) se organizaron una Asociación de PcD, Padres y Tutores “5 de octubre” y pidieron a CODEPEDIS la defensa de sus fuentes de trabajo. El mismo gobierno que promulgaba estos derechos laborales está siendo exigido a honrar los beneficios otorgados por ellos.



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